lunes, 29 de julio de 2013

AMPARO CONTRA ALCOHOLIMETRO (FORMATO)



 
DEMANDA DE ARRESTO CON  DETENIDO
QUEJOSO: 
AMPARO:

C.   JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL, EN TURNO.
           
                                                                        _____________________________, en Nombre y Representación del Quejoso al rubro ya  mencionado,  personalidad que acredito con la copia de la Credencial de Elector que se anexa a este escrito en Copia simple, y señalando como Domicilio para el efecto de oír y recibir Notificaciones el ubicado en ______________________, Colonia____________, Delegación________, y autorizando para esos efectos al Promovente de este Juicio, a Usted C. Juez atentamente manifiesto lo siguiente:

                        Que  por  medio  del  presente escrito  y con fundamento en los artículos 1, 5, 15, 20, 107 fr. V, 108, 112, 125, 126, 127 fr. II, 128 fr. I y II, de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, vengo  á solicitar el AMPARO Y PROTECCION DE LA JUSTICIA DE LA UNION, en  contra  de  las Autoridades y actos  que a continuación  señalo, por lo que ajustándome a lo preceptuado por el al artículo 108 de la Ley de Amparo, manifiesto lo siguiente:
                                                                                                                     
                         I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO:


                        II.-  NOMBRE:   Y  DOMICILIO DEL  TERCERO  PERJUDICADO:   No existe  tercero perjudicado  por tratarse de un Amparo en Materia Administrativa.
                                                                                                                                
                        III.-   AUTORIDADES  RESPONSABLES: 

                               ORDENADORAS: EL c. juez _______________________________.

                                 EJECUTORAS: Director del Centro  de  Sanciones Administrativas  y de Integración Social del Distrito Federal.

                        IV.- ACTO RECLAMADO, EL ARRESTO ADMINISTRATIVO EJECUTANDOSE EN EL CENTRO DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y DE INTEGRACION  SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL.  

                        V.-   DERECHOS HUMANOS y GARANTIAS VIOLADAS,  las   Autoridades Ordenadoras  violan  en  perjuicio del Quejoso, las  Garantías  de  Libertad y Debido Proceso contenida en los artículos 14 y 16 de la  Constitución Federal

                        VI.-   PROTESTÁ, Bajo  Protesta de Decir Verdad manifiesto que los  Hechos y  abstenciones que constituyen los antecedentes de los actos reclamados, son los siguientes:

VII.-  ANTECEDENTES DEL ACTO RECLAMADO

                      Que  el  día   de hoy recibí una llamada Telefónica de un familiar del Quejoso,  quien me informó  lo siguiente:   Que el hoy Quejoso le informó que había sido DETENIDO por Elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal,  quienes posteriormente lo  trasladaron al Centro  de Sanciones  Administrativas y de Integración Social (EL TORITO) de esta  Ciudad ubicado en Avenida Aquiles Sérdan, Esquina con Lago Gascasónica, Colonia  San Diego Ocoyoacac,  Delegación Miguel Hidalgo, C.P.  11290 de esta Ciudad,  lugar donde actualmente se encuentra en calidad de Arrestado,  por lo que ante tal acto Ilegal,  me veo en la necesidad de  solicitar el amparo y protección de la Justicia de la Unión, a efecto de que sea puesto en inmediata libertad.  

VIII.-   Conceptos de Violación:

                        PRIMERO.- Las autoridades responsables violan en perjuicio del hoy Quejoso sus Derechos Humanos y Garantías contenidos en el Título Primero, Capítulo I, de los Derechos Humanos y sus Garantías, de nuestra Constitución Política, en especial los de Seguridad y Legalidad,  referentes a las  Formalidades Esenciales del Procedimiento y del Debido Proceso, ya que al dictar una Orden de Arresto Inconmutable, sin antes darle oportunidad al Quejoso de ser Asesorado por Abogado Defensor, así como poder ofrecer pruebas, éste arresto deviene en Ilegal. Por lo que antes de arrestarlo, en el  caso de existir cualquier violación a norma legal alguna, se  le   debió primeramente  de  “Apercibir o  Aplicar  una Multa”,  y al no hacer esto la autoridad viola lo dispuesto por el artículo 14 Constitucional.
                        El Artículo 14 Constitucional,  refiere en lo conducente al cumplimiento de las formalidades esenciales del Procedimiento, lo siguiente:

Artículo 14.  A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades  esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.  

                        En efecto, este Derecho Humano de Legalidad y Debido Proceso consiste en que se debe de otorgar a todo gobernado la oportunidad de tener derecho a una Defensa  Previa al acto que tiende a Privarlo de su Libertad, en este caso mediante la Imposición de un ARRESTO INCONMUTABLE, tales Derechos Humanos y Garantías contenidas en nuestra Constitución Política, son los siguientes: A) La Notificación Personal del inicio de un Procedimiento y sus consecuencias; B)   La oportunidad de  ser Representado por Abogado o Persona de Confianza; C) Ofrecer y desahogar Pruebas; D) La oportunidad de presentar Alegatos y  E) El dictado de una Resolución en que se diriman las cuestiones debatidas.

                        Por lo en este caso,  no se cumplieron con esas  formalidades esenciales del procedimiento, y por lo tanto dicho Arresto Administrativo  es ilegal.
           
                        SEGUNDO:  El artículo 16 Constitucional establece, en lo relativo a las condiciones mínimas para el, libramiento de Ordenes o Mandatos que se traduzcan en la Privación de la Libertad, que estas debe estar debidamente Fundadas y Motivadas, y en este caso la imposición de un Arresto Administrativo e Inconmutable, no cumple con lo dispuesto por el artículo en comento, que textualmente dice lo siguiente:

Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del  procedimiento.

                        En ese orden de ideas, se Violan en perjuicio del Quejoso, los Derechos Humanos y Garantías Contenidas en nuestra Constitución Política, por parte de la autoridad señalada como responsable, ante la falta de fundamentación y motivación, lo dispuesto en el artículo en comento,  al no  fundar y motivar el Acto Reclamado, e imponerle un ilegal Arresto Administrativo.

                        Lo anterior hace patente la violación a los Derechos Humanos que se cometen en contra del Quejoso con el dictado y ejecución de los actos Reclamados, vía el Arresto Administrativo Inconmutable, pues se producen en franca contravención a la normatividad aplicable, con clara Violación a los derechos Humanos.

SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.

                                    Solicito   a   nombre   del  hoy  Quejoso   la  SUSPENSION DE PLANO DE LOS ACTOS RECLAMADOS, que se hacen consistir en Ataques a la Libertad   Personal del mismo, y fuera del Procedimiento Judicial, la  Suspensión deberá concederse con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 125, 126, 127 y 128  y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo, debiéndose para tales efectos, notificar sin demora y mediante  Atento Oficio a la Autoridad que lo mantiene  privado de su Libertad para que le  Otorgue su Inmediata Libertad, debiendo otorgar la SUSPENSION DE PLANO DE LOS ACTOS RECLAMADOS, para que la  presente Demanda de Amparo No Se Quede sin Materia y se sobresea.
Por  lo  anteriormente  expuesto  y  fundado,

 Á     USTED C  J U E Z  . – Atentamente  pido:
                        P R I M E R O: Tenerme por  presentado  en  los  términos  de la presente demanda de Amparo, solicitando que sea Proveída de Inmediato, en términos del artículo 112 de la Ley de Amparo, por tratarse de Caso de Urgencia al estar amenazada la Libertad Personal de la  parte Quejosa.

             
            SEGUNDO :  Otorgar  la SUSPENSION DE PLANO DE LOS ACTOS RECLAMADOS,  que se solicita en el sentido de Otorgar la Libertad Inmediata al Quejoso, quien se encuentra Arrestado  Ilegalmente en el Centro de Sanciones Administrativas, expidiéndose Copia Certificada de dicha Suspensión,  notificándole también de esto a las Autoridades  Ordenadoras y Ejecutoras que se señalan para que se Abstengan  de causar actos de molestia en contra de la Libertad Personal de los  Quejosos  y en su oportunidad se les  conceda el Amparo y la Protección de la Justicia de la Unión.



PROTESTO  LO  NECESARIO

México, D.F. a _______ de _______  de 2013




____________________________________________ 












9 comentarios:

  1. Y PARA EL CASO DE OFRECIMIENTO DE PRUEBAS CUALES SON ESTAS , PARA ESTE TIPO DE AMPARO

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  2. Y PARA EL CASO DE OFRECIMIENTO DE PRUEBAS CUALES SON ESTAS , PARA ESTE TIPO DE AMPARO

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  3. Yo diría que no es lo correcto publicar dichos formatos ya que estamos diciéndole a la gente que puede violentar las normas legales cuando quieran y se denigra el trabajo del abogado de que sirve quemarse las pestañas por cinco años si cualquier hijo de vecina le puede tramitar un amparo para que salga libre por infringir una norma de interés general y seguridad personal.

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    1. Si y como platicamos entre amigos y profesionistas, que sigamos fomentando que la corrupcion del conocimiento como llaves contra los candados de las leyes los tengan delincuentes de cuello blanco o gobernantes los abogados y los legisladores y los ricos o empresarios y q los demas pobres ignorantes y grupos vulnerables q mantienen a todos los anteriores porque mas de 150 millones de habitantes el mayor del 95% son pobres y sin embargo pagan impuestos mayores a $10,000 anuales por los 150 millones con 4 ceros extras son mas de $1500´000,000,000 y aun asi los quieres sometera mas...ya basta. no
      dejalos divertirse un poco y tomar si quieren es su dinero su vida su libertad son derechos humanos universales posteriores a imperialismo y represiones de esclavismo disfrazados o los abogados q defiendan la ignorancia seran verdugos por el monopolio d poder cobrar dicho tramite q de por si las reformas ya no quieren coyotes o quieren mas control ???

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    2. Si y como platicamos entre amigos y profesionistas, que sigamos fomentando que la corrupcion del conocimiento como llaves contra los candados de las leyes los tengan delincuentes de cuello blanco o gobernantes los abogados y los legisladores y los ricos o empresarios y q los demas pobres ignorantes y grupos vulnerables q mantienen a todos los anteriores porque mas de 150 millones de habitantes el mayor del 95% son pobres y sin embargo pagan impuestos mayores a $10,000 anuales por los 150 millones con 4 ceros extras son mas de $1500´000,000,000 y aun asi los quieres sometera mas...ya basta. no
      dejalos divertirse un poco y tomar si quieren es su dinero su vida su libertad son derechos humanos universales posteriores a imperialismo y represiones de esclavismo disfrazados o los abogados q defiendan la ignorancia seran verdugos por el monopolio d poder cobrar dicho tramite q de por si las reformas ya no quieren coyotes o quieren mas control ???

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  4. Yo diría que no es lo correcto publicar dichos formatos ya que estamos diciéndole a la gente que puede violentar las normas legales cuando quieran y se denigra el trabajo del abogado de que sirve quemarse las pestañas por cinco años si cualquier hijo de vecina le puede tramitar un amparo para que salga libre por infringir una norma de interés general y seguridad personal.

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    1. Saludos, Ovidio estamos en contra de que las personas conduzcan drogados o alcoholizados, sin embargo la finalidad de compartir este formato, es para combatir los abusos de los "COYOTES DEL TORITO", quienes los roban y extorsionan, hecho que es del concocimiento público y de la misma autoridad, y dicho sea, a las autoridades parece no importales, ya que no han detenido a ninguno, cada noche están ahí afuera del mismo "torito" y no pasa nada, te comparto esta información: http://www.milenio.com/df/app_Alcoholibrate-demanda_de_amparo_Alcoholimetro-app_El_Torito_0_642535946.html

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  5. HAY QUE TOMAR EN CUENTA QUE ESTE CONOCIMIENTO LO PUEDE LEER CUALQUIER PERSONA COMO UN CONOCIMIENTO DE COMO SE HACEN LAS COSAS PERO DEFINITIVAMENTE PARA COMPRENDER SOLO LOS ABOGADOS SABEMOS DE QUE SE TRATA

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  6. HAY QUE TOMAR EN CUENTA QUE ESTE CONOCIMIENTO LO PUEDE LEER CUALQUIER PERSONA COMO UN CONOCIMIENTO DE COMO SE HACEN LAS COSAS PERO DEFINITIVAMENTE PARA COMPRENDER SOLO LOS ABOGADOS SABEMOS DE QUE SE TRATA

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